Dictamen
Es un juicio desarrollado o comunicado
respecto a alguna cuestión. El término no tiene una utilización demasiado frecuente
en el lenguaje cotidiano, sino que está más asociado al ámbito judicial o
legislativo. Puede ser una sentencia de carácter judicial que pronuncia un
tribunal o un juez.
El dictamen, se clasifica en
El condenatorio (el juez acepta las
pretensiones de quien demanda).
El absolutorio (el juez otorga la
razón al acusado).
El dictamen firme (no acepta la
interposición de recursos).
El dictamen recurrible (es posible la
interposición de recursos).
Cd. Cuauhtémoc, Chih., 24 de noviembre de
2014
Honorable
Asamblea:
A la Comisión que suscribe fue
turnada, para su estudio, la iniciativa que presentaron los señores Juan
Martínez Ríos, Manuel Rivera Solís y
otros firmantes, para que se reforme el artículo15 de nuestros Estatutos, el sentido
de reducir el importe de la cuota mensual que actualmente se cobra a los
miembros de nuestra organización.
Dos son los conceptos en que se
fundan iniciativa los peticionarios, y la Comisión los analiza en seguida:
1º. LA CUOTA MENSUAL SE CONSIDERA
ELEVADA.
Se consultó
al respecto, la opinión de numerosos comerciantes miembros de esta Cámara, y la
Comisión puede asegurar que una abrumadora mayoría no conceptúa exagerada la
cuota mensual. Así pues, no resulta confirmada la opinión de los señores
Martínez y Rivera, en el sentido de creer que un gran número de nuestros
coasociados repudia dicha cuota.
2º. LAS RECAUDACIONES SON BAJAS
PRECISAMENTE PORQUE NO SE PAGAN LAS CUORAS ELEVADAS.
Esta afirmación no está
comprobada por los hechos. La estadística d nuestra tesorería muestra que, al
contrario de lo que dicen los solicitantes que, al contrario delo que dicen los
solicitantes, han mejorado sensiblemente las recaudaciones de los últimos
meses. En esta prueba objetiva se funda la Comisión para considerar que,
también en este punto, no se confirma la opinión de los señores Martínez y
Rivera.
Por las consideraciones
anteriores, la Comisión que suscribe, somete al estudio y
resolución de
la H. Asamblea el siguiente dictamen:
No es de aprobarse la
iniciativa de reformas al artículo 15 de nuestros Estatutos, presentada por los
señores Juan Martínez Ríos, Manuel Rivera Solís y demás firmantes.
LA COMISION II
Rafael Ramos
Flores Luis Díaz
Márquez
Lino Pérez Chávez
MELCH /smb
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